El 1° de enero de 2026 entró en vigor el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación”, mediante el cual, entre otras modificaciones, se reformó el artículo 141, relativo a la garantía del interés fiscal. Dicha reforma estableció un orden de prelación obligatorio para garantizar créditos fiscales, previendo que, como regla general, la garantía del interés fiscal debe otorgarse prioritariamente mediante billete de depósito, hasta el límite máximo de la capacidad económica del contribuyente.