El 4 de mayo de 2020 se publicó en el portal del Servicio de Administración Tributaria (“SAT”) la sexta versión anticipada* de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea para el ejercicio fiscal de 2020 (“RMF2020”), mediante la cual se reformaron y adicionaron diversas reglas.
A continuación, se describen algunas de las reglas que consideramos relevantes de esta versión anticipada:
Información relativa a la transparencia del patrimonio y al uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación. Se reforma la regla 3.10.11 de la RMF2020 para establecer que las personas morales con fines no lucrativos o los fideicomisos a los que se les haya revocado su autorización cuando su vigencia haya concluido o no se haya obtenido nuevamente dicha autorización así como aquellas que presenten aviso de liquidación o cambio de residencia o suspensión de actividades, deberán poner a disposición del público general, a más tardar el 30 de julio de 2020, la información relativa a la transparencia del patrimonio y al uso y destino de los donativos recibidos.