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Límite deducibilidad de intereses netos – Juicio de Amparo
18 MAR 21   |   ACTUALIZACIONES LEGALES

El pasado 1° de enero de 2020 entraron en vigor ciertas reformas a la Ley del Impuesto sobre la
Renta (“LISR”), entre las cuales se encuentra la adición de la fracción XXXII al artículo 28. Ésta
establece que no serán deducibles los intereses netos del ejercicio, mayores a MXN$20’000,000, que
excedan el 30% de la utilidad fiscal neta ajustada.

Consideramos que la fracción XXXII del artículo 28 de la LISR, contraviene diversos derechos
constitucionales y que, en consecuencia, resulta procedente la interposición de un juicio de amparo
en su contra.



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