El viernes 24 de marzo de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) un decreto mediante el cual se adicionó el artículo 216 Bis a la Ley General de Salud (la “LGS”).
El artículo de referencia prohíbe la inclusión de grasas trans (aceites parcialmente hidrogenados) durante el proceso de elaboración industrial de aceites, grasas comestibles, alimentos y bebidas no alcohólicas (los “Productos”) cuya presentación sea puesta a la venta del público.
Asimismo, se prohíbe que los ácidos grasos trans de producción industrial de los Productos excedan dos partes por cada cien del total de ácidos de los mismos.
La Secretaría de Salud emitirá las disposiciones que deberán de regir las bases para la regulación de los ácidos grasos trans de producción industrial en los términos anteriormente referidos.
Finalmente, este Decreto entrará en vigor a los 180 días de su publicación en el DOF (a mediados de septiembre de 2023), y se espera que posterior a este Decreto, se publiquen las adecuaciones correspondientes a reglamentos y acuerdos para asegurar el cumplimiento en materia administrativa de este artículo agregado.