Con motivo de la salida del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en adelante “Reino Unido”) de la Unión Europea y la conclusión del periodo de transición pactado para una separación ordenada y paulatina, México y el Reino Unido decidieron preservar las condiciones preferenciales relativas al comercio internacional de bienes entre ambas partes, alcanzadas con el Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, hecho en Bruselas el 8 de diciembre de 1997 (en adelante el “Acuerdo Global”).